Son sociedades anónimas dedicadas principalmente a financiar temporal y
minoritariamente a las PYME, invirtiendo en ellas sus recursos propios.
Aportan, además de esta financiación, un valor añadido, en forma de apoyo
gerencial.
Esta participación en las PYME no suele tener duración limitada y puede
incrementar sus recursos mediante ampliaciones de capital.
Los recursos de estas empresas, para el desarrollo de su actividad, proceden
de una serie de inversores que ponen su dinero en manos de ‘operadores
especializados’, que localizan e invierten en pequeñas y medianas empresas,
y posteriormente desinvierten, obteniendo plusvalía o reducción según el
caso.
Se distingue entre:
• Sociedades de Capital-Riesgo, que se caracterizan por invertir sus propios
recursos y por no tener en principio una duración limitada en el tiempo.
• Sociedad Gestora de Fondo de Capital-Riesgo (FCR). Esta no suele
contar con recursos propios para invertir. Su papel se orienta hacia la
captación de recursos de otros inversores que son integrados en el FCR y
con una duración temporal.
El Capital social mínimo para las Sociedades de Capital-Riesgo debe ser al
menos de 1.202.024,20 euros, desembolsado el 50% en el momento de la
constitución y el resto en un plazo máximo de tres años.
En el caso de los Fondos de Capital-Riesgo, el patrimonio mínimo debe ser de
1.652.783,30 euros.
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