La letra pequeña de los productos financieros

La crisis financiera ha puesto de manifiesto el abuso que han cometido algunos bancos y cajas de ahorro, al “colocar” sus productos financieros.

Cuando el cliente se dirige a una sucursal bancaria, para confiarle sus activos financieros, debe tener las ideas claras del producto que quiere contratar, y sobre todo leerse detenidamente todas las clausulas del contrato, de lo contrario quedará expuesto  a que el comercial de turno intente “colocar” el producto financiero que más le interese a la entidad, y no lo que demanda el cliente.

La justicia está resolviendo los conflictos planteados entre clientes y entidades financieras, a la hora de interpretar los contratos suscritos, si bien en algunos casos reconoce que se han cometido abusos por parte de las entidades (llegando en algunos casos a declarar el propio comercial de la entidad financiera que tenía instrucciones de “colocar” el producto financiero sin informar al cliente de las posibles comisiones), en otras sentencias se recoge la obligación del cliente de leerse las clausulas que firma.

El Banco de España exige a las entidades financieras que  la información que debe entregarse al cliente sea  suficientemente clarificadora, no obstante la legislación no es muy concreta en algunos aspectos.

Entre los productos financieros que más denuncias están recibiendo se encuentran los “swap”, un producto muy sofisticado y de alto riesgo que se ha extendido como práctica habitual, pasando de un producto de banca de inversión a un producto de banca minorista, sirve para paliar la subida de interés de los préstamos a interés variable, pero no siempre tiene buen resultado, y empiezan los problemas ya que el cliente no ha sido correctamente informado.

Otros productos financieros son las participaciones preferentes (remuneración fija mensual, pero solo en los casos en los que la entidad tenga beneficios), depósitos mixtos (interés fijo o variable), bonos y obligaciones (renta fija), etc.