Jubilación a los 65 años con 38 años y medio cotizados ó a los 67 años con 37 años cotizados.
La escala de cotización queda configurada con el mínimo de 15 años de cotización para poder acceder a una pensión de jubilación con el 50 % de la base reguladora y un máximo de 37 años cotizados para alcanzar el 100 % de la base reguladora. Estableciéndose una jubilación con 65 años y el 100 % de la base reguladora si se ha cotizado 38 años y 6 meses.
La base reguladora se calculará en función de las cotizaciones en los últimos 25 años.
Se establece un periodo transitorio de aplicación gradual del nuevo sistema desde el 2.013 hasta el 2.027.
Como novedad se incluye las cotizaciones de los becarios o el periodo de excedencia por cuidado de hijos, pero solo hasta 2 años.
Se aceptaran prejubilaciones con 61 años para las empresas en crisis, así como jubilaciones parciales a partir de la misma edad.
Sin embargo la edad mínima de jubilación anticipada sube de 61 a 63.
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